Por la cual la Nación se asocia a la celebración del Congreso Eucarístico que se verificará en la ciudad de Cali en 1947
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1° La nación se asocia a la celebración del congreso eucarístico que se celebrara en la ciudad de Cali en el año 1947, como homenaje del pueblo colombiano a la sagrada eucaristía.
ARTICULO 2° La nación cooperara con la suma de ochenta mil pesos ($ 80.000.00) en los gastos que demanden las solemnidades del congreso, cantidad esta que será entregada al excelentísimo señor obispo de la diócesis de Cali y al tesorero de la junta, creada para la organización de las festividades.
ARTICULO 3° La cantidad con que la nación contribuye a las solemnidades eucarísticas, se apropiara de por mitad en el presupuesto de las vigencias de 1945 y1946, y queda también autorizado el gobierno para pagar la contribución nacional en documentos de crédito o para comprometer la responsabilidad de
la nación en operaciones bancarias de préstamo, en forma tal que esta ley tenga su exacto cumplimiento.
ARTICULO 4° La inversión de los fondos destinados en esta ley se hará por acuerdo entre el excelentísimo señor obispo de la diócesis de Cali, el gobernador del departamento del valle del cauca, y por la junta organizadora, en las obras y gastos que creyeren convenientes.
ARTICULO 5° El gobierno nacional y las cámaras legislativas se harán representar en los actos del congreso eucarístico.
ARTICULO 6° La inversión de los fondos de que trata esta ley estará sujeta a la fiscalización de la contraloría general de la nación, la que intervendrá dando en la destinación de los fondos nacionales, como en la revisión, estudios y fenecimientos de las cuentas respectivas.
ARTICULO 7° Esta ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, a quince de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.
El Presidente del Senado, GILBERTO MORENO T. El Presidente de la Cámara de Representantes, JUAN B. BARRIOS. El Secretario del Senado, ARTURO SALAZAR GRILLO. El Secretario de la Cámara de Representantes, ANDRES CHAUSTRE B.
Organo ejecutivo. Barranquilla, 31 de diciembre de 1944.
Publíquese y ejecútese,
ALFONSO LOPEZ.
El ministro de gobierno,
ALBERTO LLERAS.
El ministro de hacienda y crédito público,
GONZALO RETREPO.
El ministro de educación nacional,
ANTONIO ROCHA.
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