Por la cual se destinan unos auxilios para varias obras
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1° Destínase la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) como auxilio al Municipio de Tumaco para la reconstrucción del edificio del mercado público, destruído por los embates del mar. Esta suma será entregada al Tesorero Municipal de Tumaco, quien garantizará su manejo con una caución adicional y rendirá las cuentas de su inversión a la Contraloría General de la República.
ARTICULO 2° El Gobierno Nacional por medio del Administrador del Ferrocarril de Nariño, dirigirá técnicamente y supervigilará la ejecución de las obras de que trata el artículo anterior.
ARTICULO 3° Destínase ígualmente la suma de cuarenta mil pesos ($ 40.000.00) para obras sanitarias, portuarias y de asistencia social del Puerto Merizalde, en el Departamento del Valle. Será Tesorero en esta Junta el Tesorero del Municipio.
ARTICULO 4° Facúltase ampliamente al Gobierno para que mediante la apertura de créditos administrativos o traslados en el Presupuesto, arbitre los recursos necesarios para el cumplimiento de esta Ley, la cual empezará a regir desde su sanción.
ARTICULO 5° A partir del 1° de enero de 1942, la Nación contribuirá con la cantidad de seiscientos pesos ($ 600.00) mensuales para el sostenimiento del Asilo de Mendigos de la ciudad de Santa Marta.
PARAGRAFO. Esta suma se incluirá necesariamente en los próximos Presupuestos, y será entregada a la Directora de la comunidad religiosa que regenta el Asilo.
ARTICULO 6° Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a veinte de noviembre de mil novecientos cuarenta y uno.
El Presidente del Senado, CARLOS TIRADO MACIAS. El Presidente de la Cámara de Representantes, RICARDO JIMENEZ JARAMILLO. El Secretario del Senado, José Umaña Bernal- El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.
Organo Ejecutivo-Bogotá, 28 de noviembre de 1941.
Publíquese y ejecútese,
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,
José Joaquín CAICEDO CASTILLA
El Ministro de Obras Públicas,
José GOMEZ PINZON
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