por la cual se ordena la publicación de una "Corona fúnebre" a la memoria de Excmo Sr. Presidente titular de la República Dr. Rafael Núñez

Rango Ley
Publicación 1896-12-24
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

CONSIDERANDO:

Que el 18 de Septiembre último cumplió dos años de muerto el Excelentísimo Señor Presidente titular de la República, doctor Rafael Núñez;

Que hasta ahora no se ha publicado la "Corona fúnebre" que como monumento de gratitud á la memoria el Grande Hombre contenga las manifestaciones de dolor hechas en la cátedra sagrada, en la prensa nacional y extranjera y en la tribuna pública, con motivo de su muerte, que es pérdida irreparable para Colombia;

Que mientras más tiempo transcurra, más difícil será reunir los documentos referentes al luctuoso acontecimiento; y

Que la no publicación del expresado libro acusaría, si no ingratitud, indiferencia por la memoria del que con justicia fue apellidado segundo Padre de la Patria,

DECRETA:

Art 1.° Autorízase al Poder Ejecutivo Nacional para contratar en el país, ó con acreditadas casas editoriales del exterior, una edición lujosa de diez mil ejemplares del libro que, con el título "Corona fúnebre á la memoria del Excelentísimo Señor Presidente titular de la República de Colombia, doctor Rafael Núñez," contendrá los siguientes documentos:

Una biografía completa del ilustre finado, el discurso pronunciado por el doctor Rafael Núñez en el Congreso, el 1.° de Abril de 1878, y la exposición que dirigió al Consejo Nacional de Delegatarios en 1886. Estas piezas figurarán como introducción al mencionado libro;

Todo los actos oficiales dictados por el Congreso, el Poder Ejecutivo nacional, las Asambleas y Gobiernos departamentales, municipales, etc., etc.;

Los telegrama, cartas y tarjetas de pésame, dirigidos al Excelentísimo señor Vicepresidente de la República, á Su Señoría el Gobernador de Bolívar y á la señora viuda del finado;

Las oraciones fúnebres pronunciadas con motivo del fallecimiento;

Las manifestaciones de la prensa nacional y extranjera, los folletos, necrologías, etc., etc.;

La descripción de las honras fúnebres celebradas en sufragio del alma del señor doctor. Rafael Núñez;

Los discursos pronunciados al acto de su entierro y en las distintas peregrinaciones á su tumba;

Y, en general, todo cuanto diga relación con la inesperada muerte del Excelentísimo doctor. Rafael Núñez.

Este libro contendrá además las siguientes ilustraciones:

El retrato del señor doctor. Rafael Núñez y las vistas de la casa en que murió, de las ceremonias y verificadas con motivo de su entierro, de los diferentes catafalcos erigidos en su honor en varias partes de la República, de los monumentos en mármol ó en bronce que se hayan erigido para perpetuar su memoria y del mausoleo que contiene sus restos en la Ermita del Cabrero, etc., etc.

Art 2.° Además de los documentos mencionados que se juzguen dignos de publicarse, se darán á la luz, en otro volumen, los escritos más notables de Rafael Núñez.
Art 3.° Autoríza al Poder Ejecutivo para gastar hasta veinte mil pesos ($20,000) en la publicación de estos libros, los cuales se consideraran incluidos en el Presupuesto de Gastos del presente bienio.
Art 4.° El Poder Ejecutivo nombrará una Comisión de dos ó tres personas idóneas para que hagan con acierto la selección de los documentos que merezcan darse á la estampa, los ordenen y se entiendan con el Editor de la obra en cuanto se relacione con el material de ella.

Queda facultado el Poder Ejecutivo para fijar la remuneración que deba darse á estos comisionados.

Art 5.° El Poder Ejecutivo solicitará de la señora viuda de Rafael Núñez todos los documentos que reposen en su poder á fin de hacer más completa esta "Corona fúnebre."

Igual solicitud dirigirá á los Gobernadores del Departamento para que envíen al recopilador todas las publicaciones hechas en sus respectivos Departamentos referentes á la muerte del doctor. Rafael Núñez.

Dada en Bogotá, á 13 de Noviembre de 1896.

El Presidente del Senado, RAFAEL M. PALACIO -El Presidente de la Cámara de Representantes, IGNACIO PALÁU.-El Secretario Del Senado,Camilo Sánchez - El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda**

Gobierno Ejecutivo. Bogotá, 16 de Noviembre de 1896.

Publíquese y ejecútese.

(L.S.) M. A. CARO.

El Ministro de Gobierno, Encargado del Despacho del Tesoro.

ANTONIO ROLDÁN.

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