por la cual se legalizan pagos hechos en el año de 1912 en el ramo de pensiones

Rango Ley
Publicación 1913-12-05
Estado Vigente
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso De Colombia

DECRETA:

Artículo único. Legalízase la suma de $ 38,282-82, cubierta por varias administraciones de Hacienda de los Departamentos, sobre las partidas que el Presupuesto de 1911 asignaba para el servicio de pensiones y auxilios.

Dada en Bogotá, a veintisiete de noviembre de mil novecientos trece.

El Presidente del Senado,

JOSÉ VICENTE CONCHA

El Presidente de la Cámara de Representantes,

ANTONIO JOSÉ URIBE

El Secretario del Senado,

Julio H. Palacio

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Daniel J. Reyes

Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 29 de 1913

Publíquese y ejecútese.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro del Tesoro.

CARLOS N. ROSALES

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