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que concede una pensión

Texto vigente a fecha 1970-01-02

El Consejo Nacional Legislativo,

CONSIDERANDO:

DECRETA

Art 1° Concédese una pensión de ochenta pesos ($ 80) mensuales a la señora Nicolasa Gutiérrez de Piñeres, hija legítima del prócer y mártir de la Independencia de Colombia doctor Vicente C. Gutiérrez de Piñeres.
Art 2° La pensión expresada será pagada mensualmente en moneda legal.

Dada en Bogotá, á veinticuatro de Enero de mil ochocientos ochenta y siete.

El Presidente, Juan de D. Ulloa. El Vicepresidente, José Maria Rubio Frade. El Secretario, Manuel Brigard. El secretario, Roberto de Narváez.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 25 de enero de 1887.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.) ELISEO PAYAN.

El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho del Tesoro,

Carlos Martínez Silva.