Por la cual se dispone el estudio y construcción de una obra fronteriza

Rango Ley
Publicación 1937-04-10
Última actualización 2021-03-02
Estado Derogada
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1° Derogado

ARTICULO 2° Derogado

ARTICULO 3° Derogado

ARTICULO 4° Derogado

Dada en Bogotá, D. E., a diez y seis de febrero de mil novecientos treinta y siete.

El Presidente del Senado, GABRIEL TURBAY-El Presidente de la Cámara de Representantes, LUIS BUENAHORA-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.

Poder Ejecutivo-Bogotá, D. E., 27 de febrero de 1937.

Publíquese y ejecútese.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Relaciones exteriores, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,

Jorge SOTO DEL CORRAL

El Ministro de Obras Públicas,

César GARCIA ALVAREZ

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.