DE HONORES A LA MEMORIA DE UN EMINENTE CIUDADANO (DOCTOR JUAN N. MÉNDEZ)

Rango Ley
Publicación 1931-10-31
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo 1° La República lamenta el fallecimiento del eminente colombiano doctor Juan N. Méndez, y honra su memoria.
Artículo 2° Un retrato al óleo del doctor Méndez, costeado por el Fisco, será colocado en el salón principal de la Corte Suprema de Justicia.
Artículo 3° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a veintiuno de octubre de mil novecientos treinta y uno.

El Presidente del Senado, EDUARDO LEMA V.-El Presidente de la Cámara de Representantes, A. VELEZ CALVO-El Secretario del Senado, Felipe Lleras Camargo. El Secretario de la Cámara de Representantes, Horacio Valencia Arango.

Poder Ejecutivo-Bogotá, octubre 27 de 1931.

Publíquese y ejecútese,

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Agustín Morales OLAYA

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