por la cual se conceden algunas exenciones a las empresas de Packing Houses
El Congreso de Colombia
decreta:
Artículo 1° Derogado
Artículo 2° Derogado
Artículo 3° Derogado
Dada en Bogotá a diez y nueve de diciembre de mil novecientos diez y nueve.
El Presidente del Senado, Florentino MANJARRES-El Presidente de la Cámara de representantes, Luis A. MARIÑO ARIZA-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder ejecutivo-Bogotá, diciembre 22 de 1919.
Publíquese y ejecútese.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Agricultura y Comercio, Jesús DEL CORRAL.
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