Por la cual se conceden varios auxilios y se ordena construir el edificio para el Liceo de Belalcázar, de Cali

Rango Ley
Publicación 1941-12-04
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1° Concédese un auxilio de diez mil pesos ($ 10.000.00) con destino a la reconstrucción de la Iglesia Parroquial de Puerto Tejada, que fue destruida el 7 de abril del presente año, a consecuencia de un desgraciado accidente.
ARTICULO 2° La suma anterior se incluirá precisamente en las dos vigencias próximas, a razón de cinco mil pesos en cada una, y será entregada al señor Cura Párroco., quien prestará la caución del caso y rendirá cuentas a la Contraloría Nacional.
ARTICULO 3° Con los treinta mil pesos ($ 30.000.00) apropiados en el Presupuesto de esta vigencia y veinte mil pesos ($ 20.000.00) más que se apropiarán en la próxima vigencia, procederá el Gobierno a la construcción del edificio adecuado para el funcionamiento del Liceo Belalcázar, de la ciudad de Cali.
ARTICULO 4° La Nación contribuirá con la suma de veinte mil pesos ($ 20.000.00) a la construcción de la carretera de circunvalación que la Sociedad de Mejoras Públicas de Pereira construya en esa ciudad. Esta suma será entregada por el Tesoro Nacional al Tesorero Municipal de Pereira, quien deberá rendir cuentas de tal inversión a la Contraloría General de la República.
ARTICULO 5° Concédese un auxilio de diez mil pesos ($ 10.000.00) con destino a la reconstrucción de la Iglesia Parroquial de La Mesa. Destínase cinco mil pesos ($ 5.000.00) para cada una de las Iglesias de Durania, Chintagá y Maripi, a efectos de atender a su reconstrucción.
ARTICULO 6° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a veinte de noviembre de mil novecientos cuarenta y uno.

El Presidente del Senado, CARLOS TIRADO MACIAS. El Presidente de la Cámara de Representantes, RICARDO JIMENEZ JARAMILLO-El Secretario del Senado, José Umaña Bernal- El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo Ejecutivo-Bogotá, 28 de noviembre de 1941.

Publíquese y ejecútese,

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

CarlosLLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

JuanLOZANO Y LOZANO

El Ministro de Obras Públicas,

José GOMEZ PINZÓN

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