Por la cual se reorganiza el Archivo Nacional

Rango Ley
Publicación 1940-12-27
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1° El Gobierno Nacional procederá a dictar todas las providencias que sean necesarias a efecto de obtener la reorganización del Archivo Nacional, dotándolo de los elementos indispensables a su convenientes y moderno funcionamiento.
ARTICULO 2° El Archivo Nacional continuara instalado en el local que hoy ocupa en el edificio de la Biblioteca Nacional.
ARTICULO 3° Destínase la suma de treinta mil pesos ($ 30.000.00) para atender a las erogaciones que demande el cumplimiento de esta Ley; para tal efecto, el Gobierno Nacional incluirá en los presupuestos de las próximas vigencias las partidas necesarias hasta completar la suma en referencia, quedando facultado para abrir los créditos que estime indispensables para la ejecución de este mandato legal.
ARTICULO 4° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a diez y seis de diciembre de mil novecientos cuarenta.

El Presidente del Senado, ISMAEL PORTO-El Presidente de la Cámara de Representantes, FABIO LOZANO Y LOZANO-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo Ejecutivo-Bogotá, 21 de diciembre de 1940.

Publíquese y ejecútese.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Jorge Eliécer GAITAN

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.