por la cual la Nación se asocia a la celebración de los 25 años de la fundación del Municipio de Saravena, en el Departamento de Arauca y se autoriza un gasto público de inversión social

Rango Ley
Publicación 1994-01-31
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

ARTICULO 1º. La Nación y el Congreso de la República se asocian a la celebración de los veinticinco años de fundación del Municipio de Saravena, en el Departamento de Arauca, honran la memoria de sus fundadores y el espíritu cívico y progresista de sus gentes y se vinculan con su progreso social y económico.

ARTICULO 2º. Con el fin de contribuir con el desarrollo social y económico del Municipio de Saravena y de la región nor-oriental del país, autorízase al Gobierno Nacional para que por intermedio del Ministerio de Transporte -Instituto Nacional de Vías proceda a la reconstrucción y pavimentación de la carretera que une a los Municipios de Saravena, en Arauca, y Pamplona, en Norte de Santander, que hace parte de la Transversal Barrancabermeja-Arauca, de la Red Vial Nacional.

ARTICULO 3º. Autorízase al Gobierno Nacional para efectuar las operaciones presupuestales, contratos y demás actos necesarios para el cabal cumplimiento de esta Ley.

ARTICULO 4º. Esta Ley rige desde su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Jorge Ramon Elias Nader

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Pedro Pumarejo Vega

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Francisco Jose Jattin Safar

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Diego Vivas Tafur

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y ejecútese.

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 31 de enero de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJIILO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

Rudolf Hommes Rodríguez.

El Ministro de Transporte,

Jorge Bendeck Olivella.

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