sobre celebración del cuarto centenario del descubrimiento del Amazonas

Rango Ley
Publicación 1940-12-27
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1° La República de Colombia se asocia a la celebración del cuarto centenario del descubrimiento del río Amazonas y rinde homenaje a la memoria del célebre Conquistador don Francisco de Orellana.
ARTICULO 2° El Gobierno, por intermedio de la academia Nacional de Historia, organizara y llevara a cabo, durante el año de 1941, los actos conducentes a la solemne conmemoración de este descubrimiento. Tanto el Gobierno como el Congreso se harán representar en los actos que con este mismo fin realicen las Repúblicas vecinas.
ARTICULO 3° El Gobierno adquirirá no menos de quinientos ejemplares de cada uno de los tomos del libro titulado La Hoya del Amazonas, de que es autor el doctor Daniel Ortega Ricaurte, y los distribuirá a las bibliotecas, entidades científicas, embajadas, legaciones y consulados de la República y a las principales bibliotecas y entidades científicas de América.
ARTICULO 4° Una plaza o avenida de la ciudad de Leticia, capital de la Intendencia del Amazonas, llevara el nombre de Orellana y en ella se erigirá un busto en bronce del Conquistador, con esta inscripción en el pedestal:

"Colombia al descubridor del Amazonas-Ley 114 de 1940."

ARTICULO 5° En la misma ciudad de Leticia se construirán, con motivo del centenario, las siguientes obras públicas:
ARTICULO 6° El Gobierno enviara una Comisión de Ingenieros para que verifique el planeamiento y trazado definitivo de la ciudad, y defina la ubicación y especificación de las obras a las cuales se refiere la presente ley.
ARTICULO 7°. Para atender a los gastos que ocasione el cumplimiento de esta Ley, se destina la suma de trescientos mil pesos ($ 300.000), la cual se incluirá en los presupuestos de las próximas vigencias, a medida que las circunstancias lo permitan.
ARTICULO 8°. Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a diez y seis de diciembre de mil novecientos cuarenta.

El Presidente del Senado, ISMAEL PORTO-El Presidente de la Cámara de Representantes, FABIO LOZANO Y LOZANO-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo Ejecutivo-Bogotá, 23 de diciembre de 1940.

Publíquese y ejecútese.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Gobierno,

Jorge GARTNER

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Jorge Eliécer GAITAN

El Ministro de Obras Públicas,

Francisco RODRIGUEZ MOYA

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