Por la cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1961. (Presupuesto de Inversión del Ministerio de Obras Públicas)

Rango Ley
Publicación 1961-11-20
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1961, con la cantidad de cuatrocientos cincuenta y nueve mil seiscientos siete pesos con cuatro centavos ($ 459.607.04) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 12 de 1961, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 30666 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 1.

Artículo 2° Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de inversión para la vigencia fiscal de 1961:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 30666 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 2.

Artículo 3° Esta Ley rige desde la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D.E:, a 14 de diciembre de 1961.

El Presidente del Senado,

ARMANDO L. FUENTES.

El Presidente de la Cámara,

AGUSTIN ALJURA.

El Secretario del Senado,

José Manuel Hurtado Lozano.

El Secretario de la Cámara,

Alberto Paz Córdoba.

República de Colombia. - Gobierno Nacional.

Bogotá, D. E., 19 de diciembre de 1961

Publíquese y ejecútese.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jorge Mejía Palacio.

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