que concede una recompensa a la Sra. Isabel Mariño
El Consejo Nacional Legislativo,
CONSIDERANDO:
Que el señor Coronel Francisco Mariño, de los Libertadores de Venezuela y Nueva Granada, prestó importantes servicios á la causa de la Independencia nacional, y que su hija, señora Isabel Mariño, se encuentra en edad avanzada y completamente inútil para trabajar,
DECRETA:
Artículo único. Concédese, por una sola vez, á la señora Isabel Mariño, la recompensa de mil seiscientos ochenta pesos ($ 1,680), como hija del Coronel de la Independencia, señor Don Francisco Mariño, la que le será pagada íntegramente y en moneda legal.
Dada en Bogotá, á ocho de Julio de mil ochocientos ochenta y siete.
El Presidente, M. A.CARO-El Vicepresidente, JULIO E. PÉREZ -Los Secretarios, Manuel Brigard-Roberto de Narváez.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, á 9 de Julio de 1887.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) RAFAEL NUÑEZ.
El Ministro del Tesoro,
CARLOS MARTÍNEZ SILVA.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.