que honra la memoria del Sr. Coronel Francisco Angulo y concede una recompensa a la viuda e hijos de este servidor público

Rango Ley
Publicación 1890-10-14
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

CONSIDERANDO:

Que el señor Coronel Francisco Angulo prestó a la República importantes servicios militares en las campañas de 1876, 1877 y 1885; que murió trágicamente en 1886 en servicio del Gobierno y dejando a su familia en la mayor pobreza; y que es un deber de la Patria honrar la memoria de sus servidores y recompensar a sus deudos los servicios prestados por aquéllos,

DECRETA:

Art. 1°. El Congreso de la República honra la memoria del señor Coronel Francisco Angulo.
Art. 2°. Concédese del Tesoro Público una recompensa de tres mil pesos ($ 3,000) a la viuda e hijos del expresado Coronel Angulo. Esta suma se considera incluida en el Presupuesto respectivo de la próxima vigencia económica.

Dada en Bogotá, a ocho de Octubre de mil ochocientos noventa.

El Presidente del Senado, J. F. INSIGNARES S.-El Presidente de la Cámara de Representantes, J. M. DOMINGUEZ E.-El Secretario del Senado, Enrique de Narváez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñarredonda.

Gobierno Ejecutivo Nacional-Bogotá, Octubre 10 de 1890.

Publíquese y ejecútese,

(L .S.) CARLOS HOLGUÍN.

El Ministro del Tesoro,

VICENTE RESTREPO.

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