por la cual se aprueban los Presupuestos Nacionales de Rentas y Gastos para el año Fiscal 1909

Rango Ley
Publicación 1909-04-27
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

La Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa

DECRETA:

Artículo 1°. Apruebanse los Presupuestos Nacionales de Rentas y Gastos, para la vigencia económica de 1909: y el Decreto del Poder Ejecutivo número 77 de 16 de Butiro del presente año, por el cual se hace la liquidación de dichos Presupuestos.
Articulo 2°. Autorísase al Poder Ejecutivo para que haga en los Presupuestos las modificaciones que requiera el cumplimiento de la Ley sobre descentralización administrativa.

El Gobierno procederá á hacer las reformas y reducciones dé gastos en los diversos Departamentos Administrativos que sean indispensables para conservar el equilibrio de los Presupuestos.

Artículo 3°. Con el fin de evitar la desorganización de las rentas que por la Ley sobre descentralización administrativa se ceden á los Departamentos, y para procurar que cuando éstos las reciban, continúen dichas rentas produciendo, por lo menos, su máximum .de rendimiento, el Gobierno celará, como basta hoy, la buena administración de ellas, vigilando especialmente el fiel cumplimiento de las disposiciones que las organizan y reglamentan.
Artículo 4°. Si á consecuencia de las disposiciones contenidas en la misma Ley se estimase conveniente por el Gobierno introducir modificaciones en la distribución y composición de los Ministerios del Despacho, podrá el Ejecutivo hacer las que creyere necesarias para el mejor servido administrativo.
Artículo 5°. Facultase al Gobierno para reducir á tino solo varios de los Departamentos existentes, si al poner en práctica la Ley de descentralización administrativa algunos de ellos no pudieren atender con el producto de las Rentas cedidas á los gastos que ordena dicha Ley.

Dada en Bogotá, á trece de Abril de mil novecientos nueve.

El Presidente,

AURELIO MUTIS

El Secretario,

Fernando E. Baena

Poder Ejecutivo-Bogotá, Abril 14 de 1909.

Publíquese y ejecútese.

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

NEMESIO CAMACHO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.