que concede, aumenta y traspasa unas pensiones y manda pagar unas recompensas

Rango Ley
Publicación 1896-12-25
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Art. 1.° Auméntanse las siguientes pensiones:

La concedida por la Ley 28 de 1875 á la señora Natalia Álvarez U., á cuarenta pesos ($40) mensuales;

La de que disfruta la señora Emelina Jiménez Calcaño, á cincuenta pesos ($50) mensuales;

La de que disfrutan las señoritas Dolores y Teotiste Páez á veinticinco pesos ($25) mensuales cada una;

La de que disfruta el Prócer de la Independencia, Rudesindo Arango, á cincuenta pesos ($50) mensuales;

La de que goza la señora Francisca Zaldúa Palomares, hija del Prócer de la Independencia Bruno Martínez Zaldúa, á treinta pesos ($30) mensuales.

Art 2.° Traspásense las siguientes pensiones:

La del Prócer de la Independencia, Coronel Vicente Ramírez, se le seguirá pagando desde la fecha del fallecimiento del expresado Prócer, á su esposa, la señora Teodolinda Hernández de Ramírez;

La de que disfrutaba la señora Margarita Carreño de Santamaría, pasará á su hija la señora Lucrecia Santamaría de Pulido;

La de que gozaba la señora Juliana Caldas pasará á su hija Dolores, nieta del Prócer de la Independencia Francisco J. de Caldas.

Art 3.° Concédese una pensión vitalicia de cincuenta pesos ($50) mensuales á la señora Anaís Domínguez de Manrique, viuda del Teniente Coronel Lisandro Manrique C., muerto en servicio del Gobierno; y otra de veinticinco pesos ($25) mensuales á la señora Ismenia Gómez de Domínguez.
Art 4.° Inclúyase en el presupuesto de partida de tres mil ochocientos cuarenta pesos ($3,840) para pagar á la señora Evangelina Pereira de Ardila la recompensa unitaria decretada á favor de la expresada señora y de sus hijas, con fecha 12 de Mayo del corriente año, por la Corte Suprema de Justicia.
Art 5.° Por el Ministerio del Tesoro se pagarán las recompensas decretadas por la Corte Suprema á favor de las señoras Teresa Arce y Baltasara Chamurro.

Dada en Bogotá, á 16 de Noviembre de 1896.

El Presidente del Senado, RAFAEL M. PALACIO -El Presidente de la Cámara de Representantes, IGNACIO PALÁU.-El Secretario del Senado, Camilo Sánchez - El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda**

Gobierno Ejecutivo. Bogotá, 18 de Noviembre de 1896.

Publíquese y ejecútese.

(L.S.) M. A. CARO.

El Ministro de Gobierno, Encargado del Despacho del Tesoro.

ANTONIO ROLDÁN.

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