Por el cual se concede un auxilio al Municipio de Sonsón

Rango Ley
Publicación 1941-12-09
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1° Auxiliase al Municipio de Sonsón con la suma de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.00), destinados a sus obras públicas e iniciativas de asistencia, social de mayor importancia, como la Gota de Leche, terminación del Hospital de San Juan de Dios, del Colegio de Sonsón y del acueducto, y construcción del alcantarillado, etc.
ARTICULO 2° El auxilio a que se refiere la presente Ley se pagará al Tesoro Municipal, y su distribución e inversión quedarán a cargo de una Junta compuesta por el Presidente del Consejo Municipal, el Presidente de la Sociedad de Mejoras Públicas, el Cura Párroco, el Alcalde y el Síndico del Hospital.

PARAGRAFO. El Gobierno queda facultado para abrir los créditos y hacer los traslados que sean necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley, la cual regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a veinticinco de noviembre de mil novecientos cuarenta y uno.

El Presidente del Senado, CARLOS TIRADO MACIAS. El Presidente de la Cámara de Representantes, SANTIAGO LONDOÑO-El Secretario del Senado, José Umaña Bernal. El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo Ejecutivo-Bogotá, 4 de diciembre de 1941.

Publíquese y ejecútese,

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

CarlosLLERAS RESTREPO

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,

José Joaquín CAICEDO CASTILLA

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