por la cual se asocia la Nación a la celebración de dos memorables centenarios
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1.° La Nación se asocia a la celebración del primer centenario de la evacuación de la plaza de Cartagena, realizada el 5 de diciembre de 1815 por los sobrevivientes de los patriotas defensores de aquélla contra las fuerzas sitiadoras de Morillo y Morales, porque prefirieron entregarse a las olas antes que al enemigo.
Artículo 2.° La Nación se asocia igualmente a la celebración del primer centenario del fusilamiento de Torices, García Toledo, Ribón, Angiano, Stuart, Ayos, Castillo, Portocarrero y Díaz Granados, llevado a cabo el 24 de febrero de 1816, por orden del pacificador Morillo, en la Ciudad Heroica.
Artículo 3.° El Gobierno dispondrá lo más conveniente para que en esta capital se celebren actos conmemorativos de los dos hechos indicados, y a tal efecto queda autorizado para invertir hasta cinco mil pesos, que se considerarán incluidos en los Presupuestos respectivos.
Artículo 4.° En cuanto la situación del Tesoro lo permita, el Gobierno dará al Departamento de Bolívar hasta cincuenta mil pesos para contribuir a la misma celebración en Cartagena, y dicha suma se estimará incluida en los Presupuestos correspondientes.
Dada en Bogotá a diez y ocho de diciembre de mil novecientos catorce.
El Presidente del Senado,
MANUEL DAVILA FLOREZ
El Presidente de la Cámara de Representantes,
R. QUIJANO GOMEZ
El Secretario del Senado,
Carlos Tamayo
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Fernando Restrepo Briceño
Poder Ejecutivo-Bogotá, diciembre 19 de 1914.
Publíquese y ejecútese.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
MIGUEL ABADIA MENDEZ
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.