Por la cual se dictan algunas medidas en relación con el desarrollo de la amazonia colombiana
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1. Derogado.
Artículo 2. Derogado.
Artículo 3. Derogado.
Artículo 4. Derogado.
Artículo 5. Derogado.
Artículo 6. Derogado.
Dada en Bogotá, D.E., a trece de diciembre de mil novecientos sesenta.
El Presidente del Senado,
GERMÁN ZEA.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
GERMÁN BULA HOYOS.
El Secretario General del Senado,
Manuel Roca Castellanos.
El Secretario General de la Cámara de Representantes,
Alvaro Ayala M.
República de Colombia - Gobierno Nacional.
Bogotá. D.E.-, diciembre 30 de 1960
Publíquese y ejecútese.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo Villa.
El Ministro de Obras Públicas,
Misael Pastrana Borrero.
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