Por la cual se dictan las medidas para la ampliación y embellecimiento del Parque Once de Noviembre de la ciudad de Barranquilla

Rango Ley
Publicación 1943-12-29
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1°. Autorizase al municipio de Barranquilla para contratar un empréstito interno o externo, hasta por la suma de quinientos mil pesos ($500.000.00) y en las mejores condiciones comerciales, con el objeto de ampliar, dotar y embellecer el parque once de noviembre de la mencionada ciudad, sobre las siguientes bases:

PARAGRAFO. Con destino a la ampliación del parque a que se refiere la presente Ley, la Nación cederá al municipio de barranquilla, a título gratuito, el predio de su propiedad denominado La Maria, que ocupaban antiguamente los patios de la aduana.

ARTICULO 2°. Esta ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a once de diciembre de mil novecientos cuarenta y tres

El Presidente del Senado, PARMENIO CARDENAS.- El Presidente de la Cámara de Representantes, EMILIO LEBOLO DE LA E.- El Secretario del Senado, Arturo Salazar Grillo.- El Secretario de la Cámara de Representantes, Andres Chaustre B.

Organo Ejecutivo - Bogotá, 29 de diciembre de 1943.

Publíquese y ejecútese,

DARIO ECHANDIA.

Por el Ministro de Obras Públicas,

Mario Forero Cortés, Secretario autorizado

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