Por la cual se honra la memoria de un eminente colombiano
El Congreso de Colombia,
considerando:
Que el 26 ele noviembre de 1960 dejó de existir en Bogotá el doctor Gilberto Alzate Avendaño
Que el doctor Gilberto Alzate Avendaño, miembro del Congreso Nacional, eximio hombre público
e ilustre dirigente político, dio brillo con su admirable talento al periodismo, a la diplomacia y al Parlamento colombiano;
Que la recia personalidad del doctor Gilberto Alzate Avendaño debe ser presentada perennemente
al respeto y admiración del país como ejemplo de nobles virtudes cívicas, clara inteligencia y poderosa voluntad;
Que la República deplora la muerte del doctor Gilberto Alzate Avendaño y reconoce los abnegados servicios que prestó a la Nación tan eminente ciudadano, y la conveniencia de presentar su memoria como un ejemplo de dignidad y honradez intelectuales, de decoro y de carácter, .
decreta:
Artículo 1° Con fondos del Tesoro Nacional eríjase un monumento al doctor Gilberto Alzate Avendaño en la ciudad de Manizales, y en un parque que llevará su nombre.
Artículo 2° Uno de los salones de la Cámara de Representantes llevará el nombre de Gilberto Alzate Avendaño.
Artículo 3° El Gobierno editará, por conducto del "Instituto Caro y Cuervo" los ensayos políticos, literarios y jurídicos del doctor Gilberto Alzate Avendaño, en edición ele no menos de cinco mil ejemplares.
Artículo 4° El Gobierno Nacional adquirirá la casa que fue de propiedad del doctor Gilberto Alzate Avendaño en la ciudad, de Manizales, para establecer allí el "Museo-Biblioteca Gilberto Alzate Avendaño". A efecto, el Gobierno adquirirá la biblioteca particular del doctor Gilberto Alzate Avendaño y las demás obras, que fueren necesarias para dotar convenientemente la institución.
Artículo 5° Autorízase al Gobierno Nacional para apropiar las partidas que exija el cumplimiento
de la presente Ley.
Artículo 6° Esta Ley rige desde su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a 23 de noviembre de 1961.
El Presidente del Senado,
ARMANDO. L. FUENTES.
El Presidente de la Cámara,
AGUSTIN ALJURE.
El Secretario del Senado,
José Manuel Hurtado Lozano.
El Secretario de la Cámara,
Luis Esparragoza G.
República de Colombia, -Gobierno Nacional.
Bogotá, D. E., 25 de noviembre ele 1961.
Publíquese y ejecútese.
ALBERTO LLERAS.
El Ministro ele Gobierno,
Femando Londoño y Londoño.
El Ministro de Hacienda, y Crédito Público, encargado, .
Aurelio Camacho Rueda.
El Ministro de Educación Nacional,
Jaime Posada.
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