que condona una suma al señor Arcesio González
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Condónase al señor Arcesio González la suma de ocho mil seiscientos cinco pesos ($8,605), valor de las multas que ha impuesto el Contador de la Sección 7ª de la Oficina General de Cuentas, por no haber adherido, cuando ejerció las funciones de Administrador principal de Hacienda nacional del Circuito de Cali, á las nóminas y facturas para cobrar sumas del Tesoro, las estampillas de timbre nacional que debían llevar esos documentos, conforme al Decreto ejecutivo número 480 de 5 de Agosto de 1886.
Es condición de esta gracia que el señor González reintegre al Tesoro nacional el valor de las estampillas que dejaron de adherirse a los documentos expresados.
Dada en Bogotá, á 16 de Noviembre de 1896.
El Presidente del Senado, RAFAEL M. PALACIO-El Presidente de la Cámara de Representantes, IGNACIO PALAU-El Secretario del Senado, Camilo Sánchez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 18 de Noviembrede 1896. -Publíquese y Ejecútese.- (L. S.) M. A. CARO. El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho del Tesoro, ANTONIO ROLDÁN.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.