que aprueba un contrato
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Derogado.
Dada en Bogotá, á 16 de Noviembre de 1896.
El Presidente del Senado, RAFAEL M. PALACIO-El Presidente de la Cámara de Representantes, IGNACIO PALÁU-El Secretario del Senado, Camilo SánchezEl Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 18 de Noviembre de 1896. -Publíquese y ejecútese.- (L. S.) M. A. CARO.-El Ministro de Hacienda, RUPERTO FERREIRA.
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