por la cual se dispone la construcción de una vía complementaria para un plan de desarrollo en el Departamento de Santander

Rango Ley
Publicación 1961-12-06
Estado Derogada
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1° Derogado.
Artículo 2° Derogado.
Artículo 3° Derogado.

Dada en Bogotá, D. E., a 15 de noviembre de 1961.

El Presidente del Senado,

ARMANDO L. FUENTES.

El Presidente de la Cámara,

LUIS-ALFONSO DELGADO.

El Secretario del Senado,

José Manuel Hurtado Lozano.

El Secretario de la Cámara,

Alberto Paz Córdoba.

República de Colombia. - Gobierno Nacional. Bogotá, D. E., noviembre 29 de 1961.

Publíquese y ejecútese.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,

Aurelio Camacho Rueda.

El Ministro de Obras Públicas,

Carlos Obando Velasco.

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