Por el cual se nacionalizan unas carreteras y se ordena su construcción
El Congreso de Colombia.
decreta:
ARTICULO 1° Declárase de urgencia nacional la construcción del trayecto de carretera que partiendo de la cabecera del Municipio de Sincé, se una en la población de Buenavista, el ramal en construcción que de ésta va a empalmar en el Corregimiento de Juan Arias, con la carretera Magangué-Montería, en el Departamento de Bolivar.
ARTICULO 2° El Gobierno Nacional procederá a ejecutar directamente o por contrato de acuerdo con los planos y estudios ya efectuados en ese sector por el Ministerio de Obras Públicas, el tramo de carretera expresado en el artículo anterior, en el menor tiempo posible. Este tramo de carretera queda incorporado a la red nacional de que tratan las Leyes 88 de 1931 y 31 de 1941.
ARTICULO 3° Nacionalízase asimismo la carretera que partiendo de la cabecera del Municipio de Chipatá va al Municipio de La Paz en el Departamento de Santander.
ARTICULO 4 ° La Nación procederá a construir tan pronto como sean apropiadas en el Presupuesto Nacional las partidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo, los siguientes ramales de carreteras: el que partiendo del Municipio de Santa Ana en el Departamento de Boyacá vaya a la Carretera Troncal de Noroeste en el punto de la Unión; el que partiendo de la cabecera del Municipio de Berbeo vaya a empalmar con la carretera Tunja-Miraflores en la ciudad de Miraflores.
ARTICULO 5° Modifícase en los siguientes términos el artículo 5° de la Ley 67 de 1940, en lo referente al Departamento del Cauca:
| Para la carretera Popayán-Puracé-La Plata | $ 127.000.00 |
|---|---|
| Para la carretera del oriente caucano Rio Blanco-Totoró-Inzá-Ricaurte | 120.000.00 |
| Para la carretera del sur del Cauca: Rosas La Sierra. La Vega-San Sebastián | 120.000.00 |
| Para el camino Tambo-López | 60.000.00 |
| $ 427.000.00 |
ARTICULO 6° Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, a cinco de diciembre de mil novecientos cuarenta y uno.
El Presidente del Senado, CARLOS TIRADO MACIAS.-El Presidente de la Cámara de Representantes, RICARDO JIMENEZ JARAMILLO-El Secretario del Senado, F. Fandiño Silva.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Albino Vega Bernal
Organo Ejecutivo-Bogotá, 16 de diciembre de 1941.
Publíquese y ejecútese,
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Obras Públicas,
JoséGOMEZ PINZON
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.