por la cual se concede una autorización al Gobierno (para celebrar un contrato con el Concesionario del Ferrocarril de Antioquia)

Rango Ley
Publicación 1888-11-30
Estado Derogada
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Art. 1º. Derogado
Art. 2º. Derogado

Dada en Bogotá, á quince de Noviembre de mil ochocientos ochenta y ocho.

El Presidente del Senado, J. A. PARDO -El Presidente de la Cámara de Representantes, Manuel J. Ortiz D. -El Secretario del Senado, Diego Rafael de Guzmán-El Secretario de la Cámara de Representantes, Salvador Franco.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 26 de 1888.

Publíquese y ejecútese.

(L.S.) CARLOS HOLGUÍN.

El Ministro del Tesoro, encargado del Despacho de Fomento,

CARLOS MARTÍNEZ SILVA.

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