por la cual se aumenta una pensión
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Auméntase a veinticuatro pesos la pensión de que gozaban las señoras Anastasia y María de Jesús, hijas legítimas del Capitán de la Independencia José María Leaño.
La partida necesaria para el gasto se considerará incluida en el Presupuesto de la vigencia en curso.
Dada en Bogotá, á 16 de Noviembre de 1896.
El Presidente del Senado, RAFAEL M. PALACIO-El Presidente de la Cámara de Representantes, IGNACIO PALÁU-El Secretario del Senado, Camilo Sánchez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 20 de Noviembre de 1896. -Publíquese y ejecútese.- (L. S.) M. A.CARO. -El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho del Tesoro, ANTONIO ROLDÁN.
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