Por la cual se abren varios créditos adicionales al Presupuesto de gastos para la vijencia económica de 1872 a 1873
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
decreta:
Artículo único. Ábrense al Poder Ejecutivo los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de gastos para la vijencia económica de 1872 a 1873, cuyas imputaciones se harán al departamento i capítulo que se espresan en seguida:
Dada en Bogotá, a trece de marzo de mil ochocientos setenta y tres.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, Santos acosta.
El Presidente de la Cámara de Representantes, Alejandro botero u.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, Julio E. Pérez.
El Secretario de la Cámara de Representantes, José María Quijano Otero.
Bogotá, 15 de marzo de 1873.
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S.) M. MURILLO.
El Secretario del Tesoro i Crédito nacional, f. Perez.
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