Por la cual la Nación se asocia a la celebración de las bodas de plata de la fundación del Municipio de Colón, en la Comisaría Especial del Putumayo

Rango Ley
Publicación 1942-09-10
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1.° La Nación se asocia a la celebración de las bodas de plata del Municipio de Colón, en la Comisaria Especial del Putumayo.

ARTICULO 2.° Para la celebración de dichas bodas, la Nación contribuye con la suma de treinta mil pesos ($ 30.000.00),

ARTICULO 3.° El organo Ejecutivo y la Contraloría General de la República, pondrán en práctica los trámites legales para la entrega y distribución de los dineros indicados en el artículo anterior.

ARTICULO 4.° La suma mencionada en el artículo 2.° se incluirá de preferencia en el presupuesto de la próxima vigencia.

ARTICULO 5.° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, a veinte de agosto de mil novecientos cuarenta y dos.

El Presidente del Senado, HERNANDO SAWDZKY. El Presidente de la Cámara de Representantes, LUIS ENRIQUE CABRERA.-El Secretario del Senado, José Umaña Bernal.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Albino Vega Bernal.

Organo Ejecutivo-Bogotá, 8 de septiembre de 1942.

Publíquese y ejecútese.

ALFONSO LOPEZ.

El Ministro de Gobierno,

Darío ECHANDIA.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso ARAUJO.

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