Por la cual se honra la memoria del ilustre señor Arzobispo Vicente Arbeláez Gómez en el centenario de su muerte y se dictan otras disposiciones
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1°. La Nación colombiana rinde tributo de admiración a la memoria del Ilustrísimo señor Arzobispo Vicente Arbeláez Gómez, orientador de la Iglesia colombiana, organizador del Clero y promotor del sentimiento cristiano en nuestra República; al conmemorarse el centenario de su muerte a celebrarse el 29 de junio de 1984.
Artículo 2°. Para perpetuar el recuerdo de este ilustre Prelado, el Gobierno Nacional queda autorizado, de acuerdo con el numeral 11, artículo 76 de la Constitución Nacional y en desarrollo del numeral 20 del mismo artículo y en concordancia con el artículo 79 de la Carta, destinar del Presupuesto Nacional la partida para las siguientes obras:
- a) Remodelación del cementerio del Municipio de San Vicente, Departamento de Antioquia, cuna del ilustre señor Arzobispo;
- b) Remodelación y dotación en las instalaciones del Instituto Departamental de Promoción Social, en el Municipio de San Vicente, Departamento de Antioquia.
Artículo 3°. El Gobierno Nacional ordenará erigir, en el Municipio de San Vicente, un monumento con la siguiente inscripción:
"Al Ilustrísimo señor Arzobispo Vicente Arbeláez Gómez en el centenario de su muerte 1884-1984 la República de Colombia (Ley ... de ... 1 ...).
Artículo 4º. Autorízase al Gobierno Nacional para apropiar en el Presupuesto las partidas para el cumplimiento de la presente Ley.
Artículo 5°. Esta Ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los ... del mes de ... de mil novecientos ochenta y cuatro (1984).
El Presidente del honorable Senado de la República,
JOSE NAME TERAN
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
DANIEL MAZUERA GOMEZ
El Secretario del honorable Senado de la República,
Crispín Villazón De Armas.
El Secretario de la honorable Cámara de Representantes,
Julio Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia - Gobierno Nacional.
Publíquese y ejecútese.
Bogotá, D. E., 8 de enero de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Roberto Junguito Bonnet. La Ministra de Educación Nacional, Doris Eder De Zambrano. El Ministro de Obras Públicas y Transporte, Hernán Beltz Peralta.
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