que concede una recompensa al General de Brigada Sr. Dr. José Antonio Pinto

Rango Ley
Publicación 1887-08-06
Estado Vigente
Departamento CONSEJO NACIONAL LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Consejo Nacional Legislativo,

CONSIDERANDO:

Que el General de la República, Sr. Dr. José Antonio Pinto, fué herido en el combate de Pereira el 27 de Enero de 1885, y que á consecuencia de la herida ha quedado inválido de por vida,

DECRETA:

Artículo único. Concédese, por una sola vez, al inválido General Dr. José Antonio Pinto, la recompensa de mil doscientos pesos ($1.200) pagadera íntegramente y en moneda legal.

Dada en Bogotá, á dos de Agosto de mil ochocientos ochenta y siete.

El Presidente, Julio E. Pérez-El Vicepresidente, Vicente Restrepo-El Secretario, Manuel Brigard-El Secretario, Roberto de Narváez.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Agosto 2 de 1887.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.) RAFAEL NUÑEZ.

El Ministro del Tesoro,

Carlos Martínez Silva.

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