Por la cual se asocia la Nación se asocia a una obra de difusión de la cultura

Rango Ley
Publicación 1948-12-28
Estado Derogada
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1º. Derogado.
ARTICULO 2º.Derogado.
ARTICULO 3º. Derogado.

El Presidente del Senado, ANTONIO J. LEMOS GUZMAN, El Presidente de la Cámara de Representantes, JORGE URIBE MARQUEZ---El Secretario del Senado Carlos V. Rey. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Ignacio Amaris Gonzalez.

República de Colombia Gobierno Nacional--Bogotá, diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho.

Publíquese y Ejecútese.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL-El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO, El Ministro de Obras Públicas, Luis IGNACIO ANDRADE.

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