que cede un edificio
El Consejo Nacional Legislativo
DECRETA:
Art. 1.° Cédese al Beaterio de "La Merced," de la ciudad de Cali, la iglesia de "La Merced," que está unida al edificio del Beaterio, que pertenece al Colegio de Santa Librada de la misma ciudad.
Art. 2.° En cualquier tiempo en que deje de existir el actual Beaterio de "La Merced," la iglesia que se le cede por esta ley pasará á ser propiedad de los católicos de la parroquia, en la que está situada dicha iglesia.
Art. 3.° El Gobierno dictará las órdenes conducentes á la ejecución de esta ley.
Dada en Bogotá, á cuatro de Febrero de mil ochocientos ochenta y siete.
El Presidente, JUAN DE D. ULLOA- El Vicepresidente, JOSÉ MARÍA RUBIO FRADE -El Secretario, Manuel Brigard. El Secretario,Roberto de Narváez.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Febrero 5 de 1887.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) ELISEO PAYAN
El Ministro de Fomento,
JESÚS CASAS ROJA
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