por la cual se hace la cesión de unos bienes

Rango Ley
Publicación 1915-10-08
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1.° La Nación cede en favor del Hospital de Caridad de Sopetrán, en el Departamento de Antioquia, los siguientes bienes que le pertenecen en propiedad, por remate hecho a su favor en la ejecución que contra Manuel A. Sevillano instauro el Agente de bienes desamortizados de Antioquia:
Artículo 2.° Esta Ley empezará a regir desde su promulgación

Dada en Bogotá a cinco de octubre de mil novecientos quince.

El Presidente del Senado, Pedro Antonio MOLINA - El Presidente de la Cámara de Representantes, Víctor M SALAZAR - El Secretario del Senado, Carlos Tamayo - El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño

Poder Ejecutivo - Bogotá, octubre 6 de 1915.

Publíquese y Ejecútese.

JOSE VICENTE CONCHA - El Ministro de Hacienda, Diego MENDOZA

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