por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos Nacional de la vigencia fiscal de 1978, por $ 3.401.676.162.83
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1°. Adiciónase el presupuesto de rentas y recursos de capital de la vigencia fiscal de 1978 en la cantidad de tres mil cuatrocientos un millones seiscientos setenta y seis mil ciento sesenta y dos pesos con ochenta y tres centavos ($3.401.676.162.83) moneda corriente, que con base en el certificado de disponibilidad número 29 de 1978 expedido por el Contralor General de la República se incorpora al siguiente numeral:
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gasto de la vigencia fiscal de 1978:
Artículo 3°. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá D. E., a… de … de mil novecientos setenta y ocho (1978).
El Presidente del Honorable Senado de la República,
GUILLERMO PLAZAS ALCID
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,
ALVARO LEYVA DURAN
El Secretario General del Honorable Senado de la República,
Amaury Guerrero
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,
Jairo Moreno Lizcano
República de Colombia-Gobierno Nacional.
Bogotá D.E., 17 de septiembre de 1978.
Publíquese y ejecútese.
julio cesar turbay ayala
El Ministro de Hacienda,
Jaime García Parra
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