por la cual se honra la memoria de un esclarecido profesor (doctor Manuel Antonio Rueda Jara)
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO l.° La República honra y enaltece 1$ memoria del eximio institutor doctor Manuel Antonio Rueda Jara; reconoce la pulcritud y el desprendimiento con que ejerció su noble profesión, y presenta su vida como ejemplo digno de ser imitado.
ARTICULO 2.° Como homenaje de la República al fundador del Colegio Académico y del Liceo Mercantil" el Gobierno dispondrá la erección de un busto del doctor Rueda Jara en la Ciudad Universitaria.
ARTICULO 3.° En la Villa del Rosario de Cúcuta, cuna del doctor Rueda, procederá el Gobierno a fundar una Granja Experimental y un internado agrícola que llevarán el nombre del distinguido educacionista nortesantandereano.
ARTICULO 4.° Autorízase al Gobierno para adquirir los siguientes textos del profesor Manuel Antonio Rueda Jara: las Cuatro operaciones de Aritmética; el Compendio de la Aritmética, y el Curso de Aritmética Analítica y Comercial. El Gobierno distribuirá gratuitamente los expresados textos en las escuelas primarias y entre los estudiantes pobres que cursen estudios secundarios.
ARTICULO 5.° Destínase la suma de veinte mil pesos ($ 20,000) para dar principio al cumplimiento de la presente ley.
ARTICULO 6.° Para dar cumplimiento al artículo 4.°, destínase la suma de cinco mil pesos ($ 5,000). Tanto esta partida como la de que trata el artículo 5.°, serán incluidas en el Presupuesto de la próxima vigencia, quedando facultado el Gobierno para abrir los créditos extraordinarios correspondientes .
ARTICULO 7.° Esta Ley regirá desde su promulgación.
Dada en Bogotá a veintiséis de octubre de mil novecientos treinta y ocho.
El Presidente del Senado, JOSE JOAQUIN CAICEDO CASTILLA-El Presidente de la Cámara de Representantes, JORGE CEDEÑO-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.--El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.
Organo Ejecutivo-Bogotá, noviembre 8 de 1938.
Publíquese y ejecútese.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de la Economía Nacional,
Jorge GARTNER
El Ministro de Educación Nacional,
Alfonso ARAUJO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.