por la cual se honra la memoria del R.P. Miguel Unia
El Congreso de Colombia
CONSIDERANDO:
Que el R. P. Miguel Unía, muerto en Turín el 9 de Diciembre de 1895, prestó con abnegación suma y celo heroico importantísimos servicios á la Patria,
DECRETA:
Artículo 1.° Hónrase la memoria del R. P. Miguel Unía, sacerdote salesiano.
Artículo 2.° Como demostración de gratitud se ejecutarán: un retrato al óleo, que se destina la Sociedad de San Lázaro de esta ciudad, y una estatua de mármol que se erigirá en la plaza de Agua de Dios. Ambos llevarán esta inscripción:
"AL R. P. MIGUEL UNIA, APOSTOL DE LOS LEPROSOS EN COLOMBIA, LA GRATITUD NACIÓNAL."
Artículo 3.° La partida necesaria para dar cumplimiento á la presente ley se considerara incluída en el Presupuesto de la próxima vigencia.
Artículo 4.° Copia auténtica se remitirá al Superior general de la Congregación salesiana en Turín y al Superior de la misma en esta ciudad.
Dada en Bogotá, á 10 de Diciembre de 1896.
El Presidente del Senado, BELISARIO PEÑA -El Presidente de la Cámara De Representantes, DIONISIO JIMÉNEZ.-El Secretario del Senado, Camilo Sánchez. El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda.
Gobierno Ejecutivo.-Bogotá, 11 de Diciembre de 1896.-Publíquese y ejecútese.
(L. S.) M. A. CARO.-El Ministro de Gobierno, ANTONIO ROLDÁN.
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