por la cual se concede al Gobierno una autorización
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1.° Autorízase al Gobierno para recoger en la forma que estime conveniente y por cuenta del Departamento de Bolívar, los billetes que el Gobernador de dicho Departamento puso en circulación para atender á gastos militares durante la guerra de 1895.
Artículo 2.° La cantidad necesaria para hacer el gasto de que trata el artículo anterior se considerará incluída en el Presupuesto de Gastos de 1897 y 1898.
Dada en Bogotá, á 26 de Diciembre de 1896.
El presidente del senado, BELISARIO PEÑA.- El Presidente de la Cámara de Representantes, DIONISIO JIMÉNEZ.- El Secretario del Senado, Camilo Sánchez.- El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A.Peñaredonda.
Gobierno Ejecutivo - Bogotá, 28 de diciembre de 1896.-
Publíquese y ejecútese.
(L.S.) M. A. CARO.- El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho del Tesoro, ANTONIO ROLDÁN.
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