Que concede al Poder Ejecutivo una autorización
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
DECRETA:
Art. 1.° Autorízase al Poder Ejecutivo para que pueda destinar hasta la suma de ocho mil pesos para el desmonte i composicion del camino que parte de Ibagué a Cartago por la vía de Quindío, con el objeto de remover los obstáculos que se presentan en esta parte para la conservación de la línea telegráfica establecida entre Bogotá i Buenaventura.
Art. 2.° Se autoriza igualmente al Poder Ejecutivo para que pueda disponer que la conservacion de las líneas telegráficas se haga por medio de contratos.
Dada en Bogotá, a veinte de marzo de mil ochocientos setenta i tres.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, INOCENCIO CUCALON.
El Presidente de la Cámara de Representantes, ALEJANDRO BOTERO U.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, Julio E. Pérez.
El Secretario de la Cámara de Representantes, José María Quijano Otero.
Bogotá, 22 de marzo de 1873.
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S.) M. MURILLO.
El Secretario de Hacienda i Fomento,
AQUILEO PARRA.
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