por la cual se dispone la construcción de un edificio para Escuela Normal de Institutores

Rango Ley
Publicación 1914-06-17
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1.° Destínase la suma de quince mil pesos ($ 15,000), que se incluirá en el Presupuesto de gastos de 1915, para la construcción de un edificio para Escuela Normal de Institutoras en la ciudad de Neiva, que satisfaga a las exigencias de la Pedagogía y la Higiene escolar.
Artículo 2.° La construcción de este edificio se hará de acuerdo con planos y presupuestos elaborados por un Ingeniero competente, los cuales serán sometidos previamente a la aprobación del Gobernador del Departamento del Huila y a la del Ministro de Instrucción Pública.

Dada en Bogotá, a cinco de junio de mil novecientos catorce.

El Presidente del Senado,

PEDRO ANTONIO MOLINA

El Presidente de la Cámara de Representantes,

ANTONIO JOSÉ URIBE

El Secretario del Senado,

Carlos Tamayo

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Fernando Restrepo Briceño

Poder Ejecutivo-Bogotá, junio 9 de 1914.

Publíquese y ejecútese,

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Instrucción Pública,

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.