Por la cual se auxilia la construcción de varias obras de utilidad pública

Rango Ley
Publicación 1938-11-22
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

ARTICULO 1° Auxíliase con la suma de quince mil pesos ($ 15,000.00) la construcción de la casa municipal de la ciudad de San Roque en el Departamento de Antioquia, obra que se considera de utilidad pública
ARTICULO 2° Para la administración y control del auxilio votado por la presente Ley, créase una Junta compuesta por el Presidente del Concejo de esa ciudad, el señor Alcalde del Municipio y por un ciudadano honorable nombrado por el Ministerio de Obras Públicas.
ARTICULO 3° La suma de que trata esta Ley se incorporará en el Presupuesto de la próxima vigencia y de no hacerlo, queda el Gobierno autorizado para abrir los créditos y hacer los traslados que sean necesarios.
ARTICULO 4° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a siete de octubre de mil novecientos treinta y ocho.

El Presidente del Senado, M. A. BRAVO-El Presidente de la Cámara de Representantes, ALFONSO ROMERO AGUIRRE-El Secretario del Senado, Rafael Campo A. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo Ejecutivo-Bogotá, noviembre 16 de 1938.

Publíquese y ejecútese.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Obras Públicas,

Abel CRUZ SANTOS

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