Por la cual se cede al Municipio de Neiva un lote de terreno

Rango Ley
Publicación 1964-03-24
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Cédese al Municipio de Neiva el derecho de propiedad y dominio del lote de terreno sobrante del edificio del Palacio de Justicia, con frente sobre la carrera 5ª entre calles 9ª y 10, cuya área es de 450 M2., alinderado así:

Por el Norte, 19.00 metros, colindando con terrenos de la Nación; por el Sur, 18.50 metros, colindando con propiedades de Esther Perdomo de Millán; por el Oriente, 16.50 metros, colindando con terrenos de propiedad del Municipio de Neiva, y por el Occidente, 26.00 metros, colindando con la carrera 5ª de dicha ciudad.

Artículo 2° El Gobierno procederá a otorgar el respectivo título a favor del Municipio de Neiva.
Artículo 3° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a 12 de diciembre de 1963.

El Presidente del Senado,

DARIO MARIN VANEGAS

El Presidente de la Cámara,

MANUEL CASTRO TOVAR

El Secretario del Senado,

Néstor Eduardo Niño Cruz

El Secretario de la Cámara,

Néstor Urbano Tenorio

República de Colombia.- Gobierno Nacional.

Bogotá, D. E., diciembre 31 de 1963.

Publíquese y ejecútese.

GUILLERMO LEON VALENCIA.

El Ministro de Justicia,

Alfredo Araújo Grau

El Ministro de Hacienda Crédito Público,

Carlos Sanz de Santamaría

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