Por la cual se provee a la lucha contra el empobrecimiento y destrucción de los suelos

Rango Ley
Publicación 1941-12-31
Estado Derogada
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El congreso de Colombia

decreta:

ARTÍCULO 1º. Derogado.
ARTÍCULO 2º. Derogado.
ARTÍCULO 3º. Derogado.
ARTÍCULO 4º. Derogado.
ARTÍCULO 5º. Derogado.
ARTÍCULO 6º. Derogado.
ARTÍCULO 7º. Derogado.
ARTÍCULO 8º. Derogado.

Dada en Bogotá, a diez y seis de diciembre de mil novecientos cuarenta y uno.

El Presidente del Senado, RAFAEL ARRENDOMO - El Presidente de la Cámara de Representantes, CARLOS ARTURO PAREJA - El Secretario del Senado, Jorge N. Soto - El Secretario de la Cámara de Representantes, Andrés Chaustre B.

Órgano Ejecutivo - Bogotá, 24 de diciembre de 1941

Publíquese y ejecútese,

EDUARDO SANTOS

El Ministro de la Economía Nacional,

Marco Aurelio ARANGO

El Ministro de Minas y petróleos,

Nestor PINEDA

El Ministro de Educación Nacional,

Juan LOZANO Y LOZANO.

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