por la cual se rinde homenaje público y exalta la memoria del General Ramón Santodomingo Vila

Rango Ley
Publicación 1994-11-30
Estado Vigente
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º. De conformidad con el artículo 150 numeral 15 de la Constitución Nacional, la Nación Colombiana rinde honores públicos y honra la memoria del ilustre patriota y ciudadano, General Ramón Santodomingo Vila, cuya vida promisoria y descollante se consagró al servicio de la Patria.

Se enaltecen su obra y su vida por sus excepcionales virtudes cívicas y su inquebrantable vocación de servicio a la comunidad y al País en general destacándose como un ejemplo para las nuevas generaciones.

Artículo 2º. Por la Secretaría de la Corporación remítase en nota de estilo, copia de la presente ley a los familiares de tan benemérito compatriota.

Artículo 3º. La presente Ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Juan Guillermo Angel Mejia

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Pedro Pumarejo Vega

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Álvaro Benedetti Vargas

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Diego Vivas Tafur

REPUBLICA DE COLOMBIA-GOBIERNO NACIONAL

Comuníquese y publíquese. 29 de noviembre de 1994.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Gobierno,

Horacio Serpa Uribe.

El Ministro de Defensa Nacional,

Fernando Botero Zea.

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