por la cual se crean varias Notarías y Oficinas de Registro
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Art. 1º En la Provincia de San Juan habrá dos circuitos de Notaria y Registro: el de San Juan, formado por los Municipios de San Pablo, Tadó y Condoto, con Itsmina por cabecera; y el de Novita, integrado con los Municipios de Baudó, Cuéllar, Sijú y Nóvita, que será su cabecera.
Art. 2.º En el Circuito de Sonsón habrá una nueva Notaria que se denominará Notaria 2ª.
Dada en Bogotá, á veintisiete de Octubre de mil Novecientos cuatro.
El Presidente del Senado, ENRIQUE RESTREPO GARCÍA- El Presidente de la Cámara de Representantes, JULIO E. BOTERO- El Secretario del Senado, Luis Felipe Angulo- El Secretario de la Cámara de Representantes, Luis Martínez Silva.
Poder Ejecutivo- Bogotá, Noviembre 2 de 1904.
Publíquese y Ejecútese.
(L.S.) R. REYES.
El Ministro de Gobierno,
BONIFACIO VELEZ.
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