Por la cual se aprueba una Convención Sanitaria
La Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa.
Decreta :
Artículo 1.° Derogado
Artículo 2.° Derogado
Artículo 3.° Derogado
Artículo 4.° Derogado
Artículo 5.° Derogado
Dada en Bogotá, á 19 de Agosto de 1908.
El Presidente
Alfredo Vasquez Cobo
EL Secretario;
Gerardo Arrubla.
El Secretario,
Fernando E. Baena.
Poder Ejecutivo-Bogotá, Agosto 21 de 1908.
Publíquese y ejecútese.
R. REYES
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Francisco Jose URRUTIA
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