Que deroga varias leyes y decretos sobre autorizaciones al Poder Ejecutivo

Rango Ley
Publicación 1909-09-20
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1.° Deróganse los Decretos y Leyes que en seguida se expresan:
Artículo 2.° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, á nueve de Septiembre de mil novecientos nueve.

El Presidente del Senado,

Antonio Jose Uribe

El Presidente de la Cámara de Representantes,

Pedro Nel Ospina

El Secretario del Senado,

Carlos Tamayo

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Luis María Terán

Poder Ejecutivo-Bogotá, Septiembre 15 de 1909

Publíquese y ejecútese.

(L.S.)

RAMON GONZALEZ VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

j. SAMPER

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