Que deroga varias leyes y decretos sobre autorizaciones al Poder Ejecutivo
El Congreso de Colombia
decreta:
Artículo 1.° Deróganse los Decretos y Leyes que en seguida se expresan:
- a) El Decreto Legislativo número 46 de 1905 y el ordinal 6.° del artículo 1.° de la Ley 15 de 1905;
- b) La Ley 19 de 1905;
- c) La Ley 36 de 1905;
- d) Los Decretos Legislativos números 3 y 4 de 1906;
- e) El artículo 5.° de la Ley 20 de 1905.
Artículo 2.° Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, á nueve de Septiembre de mil novecientos nueve.
El Presidente del Senado,
Antonio Jose Uribe
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Pedro Nel Ospina
El Secretario del Senado,
Carlos Tamayo
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Luis María Terán
Poder Ejecutivo-Bogotá, Septiembre 15 de 1909
Publíquese y ejecútese.
(L.S.)
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
j. SAMPER
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