Por la cual la cual la Nación se asocia a las Festividades del bicentenario de la ciudad de San Pedro, del Departamento de Antioquia, y la auxilia para obras suyas de grande utilidad y técnico estudio como estímulo a su excepcional condición de Municipio modelo

Rango Ley
Publicación 1960-10-06
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

CONSIDERANDO

que el Municipio de San Pedro, del Departamento de Antioquia, es ejemplar en sus virtudes a más de eminentemente progresivo; y que en este año de 1959 se cumple el bicentenario de su fundación con estas calidades republicanas incólumes, con fundamento de la Ley 46 de1946,

DECRETA:

ARTICULO 1° La Nación se congratula con la ciudad antioqueña de San Pedro en ocasión del centenario de su nacimiento, y la auxilia con cien mil pesos ($ 100.000.00) para la conclusión de sus obras públicas más urgentes (energía eléctrica, acueducto y alcantarillado).
ARTICULO 2° La suma de que trata el artículo anterior será incluida en el Presupuesto de 1960. El Gobierno Nacional queda facultado para hacer las traslaciones que sean necesarias, a fin de dar cumplimiento a la presente Ley, en caso de no ser incluida la partida correspondiente en la vigencia presupuestal indicada.
ARTICULO 3° El manejo de este auxilio estará a cargo de una Junta integrada por un representante del Ministerio de Obras Públicas, otro de la Contraloría General de la República, el Personero y el Alcalde de San Pedro (Antioquia).
ARTICULO 4° Esta Ley regirá desde su promulgación.

Dada en Bogotá, D. E., a 30 de agosto de 1960,

El Presidente del Senado,

ALFREDO ARAUJO GUAU.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

GUSTAVO BALCAZAR MONZON.

El Secretario del Senado,

Manuel Roca Castellanos.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Alvaro Ayala Murcia.

República de Colombia. - Gobierno Nacional.

Bogotá, D. E., .septiembre 23 de 1960.

Publíquese y ejecútese.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa,

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