por la cual se autoriza al Órgano Ejecutivo para ceder al Municipio de Honda unas propiedades

Rango Ley
Publicación 1938-12-01
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

ARTICULO 1° Autorízase al Organo Ejecutivo para ceder a la ciudad de Honda con el fin de que sean utilizados por ella: el uno para establecer un asilo de ancianos u otra fundación destinada a la asistencia social, y el otro para cuartel de la Policía Municipal, los edificios que la Nación posee en dicho Municipio denominados "Cuarteles de La Popa" y de "La Ceiba."
ARTICULO 2° Esta ley regirá desde su promulgación

Dada en Bogotá a diez de noviembre de mil novecientos treinta y ocho.

El Presidente del Senado, JOSE JOAQUIN CAICEDO CASTILLA-El Presidente de la Cámara de Representantes, JORGE CEDEÑO-El Secretario del Senado, Jorge N. Soto-El Secretario de la Cámara de Representantes, Alberto Guzmán.

Organo Ejecutivo-Bogotá, noviembre 26 de 1938.

Publíquese y ejecútese.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Guerra,

José Joaquín CASTRO M.

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